¿Te niegan el régimen de visitas? Descubre qué dice la Corte Suprema sobre la tenencia
Fuente: Diario Oficial El Peruano, 04 de febrero del 2025
Decisión basada en el interés superior del menor
La Corte Suprema de Justicia ha determinado los factores esenciales que los jueces deben considerar al evaluar un cambio en la tenencia de un menor cuando uno de los progenitores impide o dificulta el régimen de visitas.
Caso clave: Padre solicita la variación de tenencia por incumplimiento del régimen de visitas
En la Casación N° 4811-2021 Lima Norte, un padre presentó una demanda contra la madre de su hija, argumentando que ella obstaculizaba sistemáticamente su derecho de visitas. A pesar de contar con una sentencia a su favor y hasta intervención policial, la madre seguía incumpliendo la orden judicial.
Los jueces deben considerar la opinión del menor y priorizar la tenencia compartida
El tribunal enfatizó que los magistrados no solo deben tomar en cuenta la resistencia al régimen de visitas, sino también la opinión del menor. Además, se debe aplicar la normativa vigente, donde la tenencia compartida es la regla general, y la tenencia exclusiva o monoparental es la excepción.
Evaluación integral del bienestar del menor
Para determinar la tenencia más adecuada, los jueces deben analizar la situación completa del menor, considerando su salud física y psicológica, su entorno familiar, su desarrollo personal y sus actividades educativas y recreativas. De ser necesario, este análisis debe realizarse con el apoyo de un equipo multidisciplinario.
La obstrucción de visitas no basta para modificar la tenencia automáticamente
Si bien el artículo 91° del Código de los Niños y Adolescentes (CNA) establece que la resistencia al régimen de visitas puede ser motivo para cambiar la tenencia, la Corte Suprema aclaró que esta no es una regla absoluta. El uso del término “podrá” en la normativa indica que la decisión es facultativa, por lo que el juez debe hacer un análisis detallado antes de decidir.
Corte Suprema anula la decisión por falta de pruebas clave
El tribunal concluyó que las instancias previas no consideraron aspectos esenciales del caso, como la opinión de la menor y un análisis exhaustivo de su entorno. Por ello, decidió retrotraer el proceso a la etapa probatoria para corregir estas omisiones.
Interés superior del menor: un enfoque integral
La Corte Suprema subrayó que la tenencia de un menor no debe limitarse a definir con cuál progenitor vivirá, sino que debe basarse en un análisis integral que garantice su bienestar emocional, educativo y social. En todo momento, el interés y los derechos del menor deben prevalecer sobre los intereses de los padres.
04 de febrero del 2025