Poder Judicial anula juicio del caso Cócteles contra Keiko Fujimori y demás acusados.
Chlimper ni su defensa ya no participarán en el juicio oral del caso Cócteles, tras la decisión del Tercer Juzgado Penal Colegiado. La decisión beneficia a los demás procesados, por lo que el caso regresa a investigación preparatoria.
Declaran nulo el juicio del caso Cócteles | El Tercer Juzgado Penal Colegiado decidió hacer extensiva a todos los acusados la decisión de retirar del caso Cócteles al empresario y dirigente de Fuerza Popular José Chlimper. Los jueces consideraron que se vulneró al derecho a la debida defensa de los procesados y, a pesar de ello, no se subsanó esos errores en la etapa procesal ocasionando un estado de indefensión. Con ese fundamento, la jueza Mercedes Caballero explicó que en el proceso se configura la figura de “acusación sorpresiva”, por lo que los investigados no pudieron ejercer oportuna y eficazmente su derecho a la defensa. “No es lo mismo ejercer una defensa en sede judicial si el imputado desconoce las razones por las cuales se da la acusación”, dijo.
Asimismo, explicó que la falta se agudiza porque el juez no alertó de este error, lo que confirmó la supuesta ilegalidad del requerimiento acusatorio presentado por el Ministerio Público. “El juez demandado debió corregir ello en etapa procesal con el objeto de que el MP subsane los errores en los que incurrió. Esto generó un estado de indefensión”, precisó Caballero.
En ese sentido, los jueces Mercedes Caballero García, Nayko Coronado Salazar y Max Vengoa Valdeiglesias resolvieron que la afectación al principio de congruencia procesal advertido por el TC en el caso de Chlimper no permite continuar el juicio público, pues se afecta el derecho de defensa, el debido proceso y la falta de motivación. También establecen que el juicio se anula por responsabilidad del fiscal del Equipo Especial del caso Lava Jato, José Domingo Pérez y el juez de investigación preparatoria Víctor Zúñiga Urday. Los jueces acordaron informar la situación generada por el juez a las autoridades competentes para las medidas correctivas, respectivas.
Fuente: La República – 13/01/2025