
¡Aprovecha el Fraccionamiento Especial para Regularizar tu Deuda Tributaria!

Fuente: Página Oficial de SUNAT
Si tienes deudas tributarias o aduaneras hasta el 31 de diciembre de 2023, puedes acogerte al beneficio del Fraccionamiento Especial de la Deuda Tributaria, establecido por la Ley N° 32220. Esta medida te permite regularizar tus pagos con condiciones favorables y descuentos significativos.
Plazo para Solicitar el Fraccionamiento
La solicitud para acogerse al fraccionamiento especial debe presentarse hasta el 28 de febrero de 2025. Para ello, debes obtener tu deuda personalizada a través de Sunat Operaciones en Línea, utilizando tu RUC y clave SOL. La deuda estará actualizada al momento de realizar la solicitud.
Modalidades de pago
Existen tres modalidades de pago para el fraccionamiento especial:
✅Pago al contado: Abonas la totalidad de la deuda, con un descuento de hasta el 100% en multas e intereses.
✅Pago sumario: Realiza un pago inicial de al menos el 25% de la deuda en el momento de la solicitud. El saldo restante se paga en hasta 3 cuotas mensuales.
✅Pago fraccionado: Se paga una cuota inicial de al menos el 10% de la deuda. El saldo restante se abona en cuotas mensuales, durante un plazo de hasta 72 meses. La cuota mensual no puede ser inferior a S/ 260.00.
Beneficios del Fraccionamiento Especial
Al acogerte a esta opción, disfrutarás de descuentos sobre intereses, actualizaciones y multas, según la modalidad elegida. La tasa de interés aplicada será del 60% de la tasa normal, lo que reducirá significativamente el costo total. Además, se levantan las medidas cautelares y se da por concluido cualquier reclamo o apelación pendiente.
Deudas que pueden acojerse
Pueden acogerse al fraccionamiento de las deudas tributarias administradas por la Sunat , como el Impuesto a la Renta, IGV, Impuesto Especial a la Minería, y derechos arancelarios, siempre que sean exigibles hasta el 31 de diciembre de 2023 . Estas deben estar contenidas en resoluciones de determinación, órdenes de pago o resoluciones de multas, e incluso aquellas que estén en proceso de cobranza coactiva .
Deudas Excluidas del Fraccionamiento
No podrán acogerse al fraccionamiento las deudas generadas por tributos retenidos o percibidos y aquellas relacionadas con aportaciones a EsSalud. Tampoco se incluyen las deudas que estén en procedimientos concursales o que tengan una resolución judicial firme.
Requisitos y Pago de la Solicitud
Para iniciar el fraccionamiento, primero deberás solicitar la deuda personalizada en Sunat Operaciones en Línea. Luego, desde el menú de “Mi fraccionamiento”, selecciona la opción “Formulario Virtual N° 1707”, valida la información y elige la modalidad de pago. Una vez completado el proceso, realice el pago de la cuota de acogimiento según la modalidad seleccionada.
Medios de pago disponibles
El pago de la deuda puede realizarse a través del Sistema Pago Fácil , bancos habilitados utilizando el NPS , o en Sunat Virtual y la APP Sunat . También puedes pagar mediante débito en cuenta o tarjetas de crédito o débito si tienes convenio con tu banco.
Plazo para Resolver la Solicitud
La Sunat tiene un plazo de 45 días hábiles para resolver la solicitud de acogimiento al fraccionamiento especial. Si decide abandonar la solicitud, puede hacerlo a través de Sunat Operaciones en Línea antes de la notificación de la resolución.
En el documento anexado podrás observar de manera detallada cómo realizar este proceso.
¡No pierdas esta oportunidad de regularizar tu deuda con condiciones favorables y pagar de manera más accesible!
11 de febrero del 2025